El trabajador podrá cobrar cada mes el equivalente a su remuneración mensual durante el tiempo que dure la suspensión perfecta de labores (Foto: Andina)
El trabajador podrá cobrar cada mes el equivalente a su remuneración mensual durante el tiempo que dure la suspensión perfecta de labores (Foto: Andina)

La suspensión perfecta de labores fue una de las medidas que tomó el Gobierno como respuesta al impacto económico generado por el nuevo coronavirus en las empresas peruanas. Esta autorización excepcional a los empleadores de solicitar licencia sin goce de haberes de sus trabajadores tiene como fin de mantener el vínculo laboral.

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Sin embargo, como , mediante un decreto de urgencia se estableció, entre otras medidas, que quienes se resulten afectados podrán acceder libremente de los fondos de los depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

De acuerdo con el , la aprobación de este mecanismo tiene como objetivo preservar los empleos y los ingresos de los trabajadores, bloqueando la aplicación de fórmulas que faciliten los ceses colectivos.

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La suspensión perfecta de labores dejaría en el aire económicamente a quienes dejen de trabajar (Foto: Andina)
La suspensión perfecta de labores dejaría en el aire económicamente a quienes dejen de trabajar (Foto: Andina)

Por lo expuesto, muchos trabajadores que se preguntan cómo será el pago o cuándo se podrá realizar la solicitud. Por ello, es necesario saber algunos importantes puntos al respecto.

¿CÓMO SERÁ EL PAGO DE CTS?

El trabajador podrá cobrar cada mes el equivalente a su remuneración mensual durante el tiempo que dure la suspensión perfecta de labores. El pago se efectiviza en el plazo de dos días de haber sido solicitada.

Por otro lado, el trabajador que no cuente con saldo en su cuenta CTS, podrá solicitar el adelanto del pago de la CTS de mayo 2020 y de la gratificación de julio de este año, la cual deberá ser pagado dentro de los cinco días de efectuada su solicitud.

Esta solicitud puede ser presentada por vías no presenciales y ejecutada mediante transferencia a cuentas activas o pasivas del trabajador que este indique.

En cuanto al trabajador que pertenezca al régimen laboral de la microempresa y cuya remuneración sea de hasta 2,400 soles accederá a una Prestación Económica de Protección Social de Emergencia de 760 soles mensuales por un plazo de tres meses, el que se paga dentro de diez días de vencimiento de cada mes.

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 El pago se efectiviza en el plazo de dos días de haber sido solicitada (Foto: GEC)
El pago se efectiviza en el plazo de dos días de haber sido solicitada (Foto: GEC)

DISPOSICIÓN DE LA CTS

Los trabajadores comprendidos en esta medida podrán disponer libremente de los fondos de los depósitos de la CTS. Para ello, las entidades financieras deben desembolsar el monto correspondiente a la solicitud del trabajador y con la confirmación de que el trabajador está comprendido en una medida de suspensión perfecta de labores.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo habilitará una plataforma de consulta para las entidades financieras.

Cabe precisar que, esta medida es adicional a la libre disposición regulada en el Decreto de Urgencia Nº 033-2020, que permitió el retiro de hasta 2.400 soles.

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¿QUÉ DICE EL DECRETO DE URGENCIA?

El autoriza de forma excepcional a los empleadores a solicitar la suspensión perfecta de labores de sus trabajadores, además de disponer una serie de mecanismos para que los empleados afectados por esta medida no queden en la orfandad económica.

Las medidas de protección están dirigidas a dos tipos de trabajadores. Por un lado, los trabajadores de la mediana y gran empresa que podrán acudir a sus fondos de CTS y sus aportes de pensiones a las AFP para tener liquidez; y aquellos trabajadores que por su régimen laboral (pequeña y microempresas) no cuentan con estos recursos, para quienes se ha dispuesto la entrega de una subvención económica de 760 soles mensuales durante tres meses, siempre y cuando ganan menos de 2.400 soles mensuales.

Cabe precisar que, el decreto precisa que las empresas del Estado comprendidas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) también podrán aplicar la suspensión perfecta de laborales.

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Si un trabajador entró a la suspensión perfecta de labores podrá acudir a sus fondos de compensación de tiempo de servicios (CTS) (Foto Andina)
Si un trabajador entró a la suspensión perfecta de labores podrá acudir a sus fondos de compensación de tiempo de servicios (CTS) (Foto Andina)

¿QUÉ ES LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES?

Como muchas empresas ya no pueden pagar licencias con goce de haber por haber interrumpido sus fuentes de ingreso, han estado optando por suspender el contrato de sus sin darles una remuneración por un período máximo de 90 días. Esta figura laboral, que se aplica en caso fortuito (por acción de la naturaleza) o de fuerza mayor (por acción del hombre), se llama suspensión perfecta de labores.

explicó que esta medida puede regir sobre un grupo de trabajadores como a toda la planilla, en función a las razones que imposibiliten la continuación de la operatividad de la empresa, según establece la norma.

La suspensión perfecta es una figura excepcional que comprende a las empresas que estén afrontando serias dificultades económicas, algo que tiene que acreditar, y que no puedan desarrollar el trabajo remoto”, acotó la ministra de Trabajo.

Previamente, la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) había alcanzado una propuesta al Ministerio de Trabajo para que la suspensión perfecta de labores puede aplicarse hasta por 180 días; sin embargo, a la fecha, dicha cartera no ha indicado si rechazará o recogerá esta idea.

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Como muchas empresas ya no pueden pagar licencias con goce de haber por haber interrumpido sus fuentes de ingreso, han estado optando por suspender el contrato de sus trabajadores (Foto: Andina)
Como muchas empresas ya no pueden pagar licencias con goce de haber por haber interrumpido sus fuentes de ingreso, han estado optando por suspender el contrato de sus trabajadores (Foto: Andina)

¿CÓMO FUNCIONA LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES?

Una vez que el empleador solicita la suspensión perfecta de labores, el tiene un plazo de seis días para visitar las instalaciones de la empresa para evaluar si la aplicación de esta modalidad laboral se justifica. Eso sí, por la coyuntura actual, es probable que este plazo tome algo más de tiempo.

Si no hizo bien su sustento, el MTPE ordena que los trabajadores regresen a sus puestos y se le paga todos los días que no trabajaron”, explicó José Balta, abogado del estudio Rodrigo, Elías & Medrano.

ASÍ PUEDE UNA EMPRESA SOLICITAR LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES

La empresa debe presentar vía online una comunicación a la Autoridad Administrativa de Trabajo como declaración jurada que será publicada en la web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ().

El empleador deberá consignar una dirección electrónica para ser notificada a través de ese medio.

Asimismo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) será la encargada de la verificación de la solicitud en un plazo no mayor de 30 días hábiles de presentada la comunicación.

Pasado el plazo, el Ministerio de Trabajo expedirá una resolución dentro de los 7 días hábiles de efectuada la verificación posterior.

De no expedirse dicha resolución, se entenderá por aprobado.

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