Para acceder a la gratificación, el trabajador debe haber laborado durante un semestre completo, en este caso de julio a diciembre, con el fin de que reciba una gratificación equivalente a un sueldo entero. (Foto: Andina)
Para acceder a la gratificación, el trabajador debe haber laborado durante un semestre completo, en este caso de julio a diciembre, con el fin de que reciba una gratificación equivalente a un sueldo entero. (Foto: Andina)

El martes 15 de diciembre venció el plazo para que los empleadores pudieran depositar la por a sus trabajadores, si no lo hicieron serán multados por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) hasta por la suma de 112.316 soles, además de generarse automáticamente los intereses legales laborales por no abonar el monto respectivo.

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Para haber accedido al beneficio, el empleado debió laborar durante un semestre completo (julio -diciembre) con el fin de que reciba una gratificación equivalente a un sueldo entero. Si bien, ésta les correspondía a los empleados contratados, ya sea a tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial; lo cierto es que no todos recibieron el equivalente a una remuneración, pues dependía dónde se encuentran trabajando.

SI TRABAJO EN UNA PEQUEÑA EMPRESA, ¿CUÁNTO DE GRATIFICACIÓN DEBÍ RECIBIR?

Quienes se encuentren trabajando en una pequeña empresa; de todas maneras, recibieron una gratificación, aunque ésta no equivalía a un salario entero, sino a la mitad de éste, de acuerdo con la “Ley de Promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de la micro y pequeña empresa y del acceso al empleo decente”.

Según ella, “los trabajadores de la pequeña empresa tendrán derecho a percibir dos gratificaciones al año con ocasión de las Fiestas Patrias y Navidad, siempre que cumplan con lo dispuesto en la normativa correspondiente, en lo que les sea aplicable. El monto de las gratificaciones es equivalente a media remuneración de cada una”.

MÁS INFORMACIÓN: Cuál es la fórmula para calcular la gratificación que recibiré en diciembre
Para los que trabajan en pequeñas empresas, el monto de la gratificación es distinto. (Foto: Andina).
Para los que trabajan en pequeñas empresas, el monto de la gratificación es distinto. (Foto: Andina).

¿CON EL SUELDO DE QUÉ MES SE CALCULÓ LA GRATIFICACIÓN?

Para calcular el monto de gratificación que debió recibir un empleado, éste se determinó en base al sueldo que recibió el 30 de noviembre (remuneración computable), así lo dio a conocer el abogado laboralista César Puntriano a .

Tomando en cuenta esto, la gratificación fue equivalente a una remuneración íntegra si el trabajador laboró todo el semestre, de julio a diciembre, y se redujo proporcionalmente en su monto si el tiempo de servicios fue menor, debiendo haberse tenido en cuenta para su cálculo los meses y días laborados en dicho periodo.

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¿CUÁNTO DE GRATIFICACIÓN ME TOCÓ RECIBIR SI ME CESARON?

Si el trabajador cesó durante alguno de los meses del segundo semestre del año, igual tuvo que percibir una gratificación, pero no completa; ya que por cada mes íntegro laborado le tocaba recibir 1/6 de remuneración computable.

Por ejemplo, si el empleado cesó el 30 de noviembre, debió percibir 5/6 de su remuneración en su liquidación de beneficios sociales, pero si cesó el 15 de noviembre solamente 4/6 por los meses de julio, agosto, setiembre y octubre.

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Debido a la pandemia, a muchos empleados les redujeron sus trabajos o cesaron en el segundo semestre del año. (Foto: Andina)
Debido a la pandemia, a muchos empleados les redujeron sus trabajos o cesaron en el segundo semestre del año. (Foto: Andina)

Y SI MI SUELDO FUE REDUCIDO ¿CUÁNTO ME TOCABA?

En el caso de que hayas tenido una rebaja remunerativa, la cual debió darse previo acuerdo, el pago de tu gratificación debió variar. “Si dicho pacto entró en rigor en forma previa al 30 de noviembre, la gratificación se calculará con el nuevo monto reducido”, señaló Puntriano.

Asimismo, precisó que si el pacto de la reducción de tu sueldo se dio luego de la fecha en mención, la gratificación debió calcularse con la remuneración previa a la reducción.

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Para acceder a la gratificación, el trabajador debe haber laborado durante un semestre completo, en este caso de julio a diciembre, con el fin de que reciba una gratificación equivalente a un sueldo entero. (Foto: Andina)
Para acceder a la gratificación, el trabajador debe haber laborado durante un semestre completo, en este caso de julio a diciembre, con el fin de que reciba una gratificación equivalente a un sueldo entero. (Foto: Andina)

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