La ministra de Trabajo informó que ya hay registradas alrededor de 5,200 empresas que han solicitado acogerse a la suspensión perfecta de labores (Foto: Andina)
La ministra de Trabajo informó que ya hay registradas alrededor de 5,200 empresas que han solicitado acogerse a la suspensión perfecta de labores (Foto: Andina)
/ ANDINA
Redacción Mag

El brote del nuevo coronavirus COVID-19 ha golpeado a la humanidad generando una crisis sanitaria y financiera. Su rápida expansión ha obligado a miles de países a suspender las actividades en el sector público y privado ocasionando la paralización de la economía mundial. En el Perú, el presidente Martín Vizcarra amplió el estado de emergencia nacional hasta el domingo 10 de mayo para frenar el avance del COVID-19 en el país. En consecuencia, los negocios han cerrado tras la medida de aislamiento social obligatorio aplicada en todo el territorio nacional.

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La economía peruana está sufriendo un duro golpe que ha dejado a miles de trabajadores en una situación de incertidumbre y preocupación luego de quedarse sin empleo ni ingresos para sostener a sus familias durante el periodo de cuarentena. Frente a este panorama, el gobierno anunció la aplicación de la .

Como se recuerda, el pasado 13 de abril, la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres, explicó que para aliviar la economía de las empresas peruanas, que en su mayoría paralizaron sus actividades por la pandemia del COVID-19, el Gobierno aprobó en Consejo de Ministros la modalidad de la hasta por tres meses. Es decir, las compañías nacionales que se acojan a este instrumento podrán dar licencia sin goce de haberes a sus empleados por un tiempo determinado.

Esta medida establece que los empleadores que no puedan implementar la modalidad de trabajo remoto o aplicar la licencia con goce de haber, por la naturaleza de sus actividades o por el nivel de afectación económica, puedan optar por exponiendo los motivos que la sustentan.

La norma establece medidas extraordinarias, de carácter económico y financiero, para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores del sector privado, así como preservar los empleos de los trabajadores.

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SUNAFIL RECIBIÓ 6896 DENUNCIAS DE TRABAJADORES DESDE INICIO DE CUARENTENA

Luego del anuncio del gobierno de Martín Vizcarra, miles de empresas empezaron a aplicar la suspensión perfecta de labores con sus trabajadores tras la paralización de sus actividades. Sin embargo, estas solicitudes vienen siendo evaluadas por el Ministerio de Trabajo ya que en algunos casos se podría cometer un abuso por parte del empleador.

Frente a esta situación, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó que desde el 16 de marzo –fecha de inicio de la cuarentena– al 22 de abril, ha recibido un total de 6,896 denuncias virtuales de trabajadores en todo el país.

De acuerdo al sector económico, las empresas que han sido más denunciadas pertenecen a: servicios (inmobiliarios y alquileres) con 2,592 denuncias; transporte y almacenamiento con 918 denuncias; comercio al por mayor y menor con 704 denuncias; industrias manufactureras con 648 denuncias, y otros con 549 denuncias.

Asimismo, las denuncias por tipo de empresa se han registrado de la siguiente manera: 4,536 denuncias contra la gran empresa; 1,423 denuncias contra la pequeña empresa; 542 contra la microempresa, y 363 contra la mediana empresa, entre otras variables.

Los departamentos que más denunciaron fueron: Lima Metropolitana con 4,959 denuncias; seguido por Callao con 463 denuncias; Arequipa con 266 denuncias; La Libertad con 210 denuncias, y Lambayeque con 172 denuncias.

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¿CÓMO PRESENTAR UNA DENUNCIA LABORAL ANTE SUNAFIL?

La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres, informó que ya hay registradas alrededor de 5,200 empresas que han solicitado acogerse a la modalidad de Asimismo, dijo que su sector no permitirá abusos con esta medida.

Lamentablemente, Sunafil continúa recibiendo denuncias por parte de miles de trabajadores que han sido afectados con la suspensión perfecta de labores. Si tú deseas realizar una denuncia, en este articulo te explicamos el paso a paso para formalizarla.

1. La Sunafil recuerda que los trabajadores pueden ingresar sus denuncias de forma virtual, a través de la página web: .

2. Luego debes ingresar al icono de . En esa casilla deben completar un formato y elegir si desean, la opción ‘confidencial’.

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La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres, informó que ya hay registradas alrededor de 5,200 empresas que han solicitado acogerse a la modalidad de suspensión perfecta de labores (Foto: Sunafil)
La ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres, informó que ya hay registradas alrededor de 5,200 empresas que han solicitado acogerse a la modalidad de suspensión perfecta de labores (Foto: Sunafil)

3. Segundos después, aparecerá una ventana para llenar un formulario en el que aparecen los siguientes campos: régimen laboral, empleador, número de RUC, razón social, localización de centro de trabajo (departamento, provincia, distrito).

Deberás llenar un formulario en el que aparecen los siguientes campos: régimen laboral, empleador, número de RUC, razón social, localización de centro de trabajo (departamento, provincia, distrito) (Foto: Sunafil)
Deberás llenar un formulario en el que aparecen los siguientes campos: régimen laboral, empleador, número de RUC, razón social, localización de centro de trabajo (departamento, provincia, distrito) (Foto: Sunafil)

4. Luego desde hacer click en “validar” para que Sunafil proceda con la denuncia.

Cabe señalar que Sunafil cuenta con diversos canales para realizar consultas laborales como la línea gratuita 0800-16872 y el número fijo 3902800 opción 1, además del aplicativo Sunafil Responde, alojado en la página web.

¿QUIÉNES SON LOS TRABAJADORES QUE NO PODRÍAN SER SUSPENDIDOS?

El Poder Ejecutivo determinó una serie de medidas para evitar abusos en la aplicación de la suspensión perfecta de labores. A través del Decreto Supremo Nª 011-2020-TR, se establece que la suspensión no podrá afectar los derechos de los trabajadores.

Esto incluye la libertad sindical, la protección de las mujeres embarazadas y prohibe el trato discriminatorio. Además, se protege especialmente a las personas con discapacidad, personas diagnosticadas con COVID-19, personas que pertenecen al grupo de riesgo por edad o factores clínicos.

Con esto se garantiza que esta población vulnerable no debe ser afectada en caso las empresas para las que trabajen apliquen la suspensión perfecta de labores.

En caso este tipo de trabajadores no pueda realizar su trabajo de manera remota, la empresa tendrá la opción de otorgar una licencia remunerada con cargo a compensación al terminar la emergencia.

Asimismo, la compensación no debe afectar las condiciones de salud de las personas con discapacidad o que requieran cuidado médico.

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