Conoce en qué casos debes declarar y los plazos para hacerlo ante la Sunat (Foto: Sunat)
Conoce en qué casos debes declarar y los plazos para hacerlo ante la Sunat (Foto: Sunat)
Sileña Cisneros

La Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2022 la deben realizar, tanto empresas como personas naturales, ante la (Sunat), pero, en qué casos se están obligados a hacerlo y cuáles son las fechas de inicio y de vencimiento.

El impuesto a la renta es un tributo que se recauda una vez al año y grava todas las ganancias obtenidas de un trabajo o de la explotación de un capital, ya sea un bien mueble o inmueble. Este impuesto debe ser pagado de forma obligatoria por el beneficiario de la renta; es decir, la persona que trabaja o el propietario de un negocio.

¿CUÁNDO SE INICIÓ LA DECLARACIÓN ANUAL DE RENTA 2022?

La declaración ya inició desde enero para las empresas, pero a las personas naturales les corresponde desde marzo. Conoce las fechas exactas.

  • Empresas: el Formulario Virtual N.° 710, simplificado o completo, está disponible en Sunat Virtual desde el 2 de enero del 2023.
  • Personas naturales: el Formulario Virtual N.° 709 estará disponible en Sunat Virtual () y en el APP Personas a partir del 6 de marzo del 2023, fecha en la que podrán presentar su declaración, sin necesidad de esperar los vencimientos.

¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL DE RENTA 2022?

Deben presentar la Declaración Anual de Renta 2022:

Personas naturales

  • Que han percibido Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y, al mismo tiempo, deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
  • Trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
  • Que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categorías que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
  • Quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
  • Aquellas que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.

Empresas

  • Contribuyentes que hubieran generado rentas o pérdidas de Tercera Categoría del Régimen General o del Régimen Mype Tributario (RMT).
  • Personas o entidades generadoras de Rentas de Tercera Categoría que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.

Nuevo punto

  • Se ha incorporado en la obligación de presentar la Declaración Anual de Renta 2022 a aquellos contribuyentes del Régimen General que deduzcan los créditos por impuesto abonado por la distribución de dividendos o utilidades.

¿CUÁL ES EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE RENTA 2022?

De acuerdo con el último dígito del RUC del contribuyente, este es el cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Renta 2022:

Cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual de Renta 2022 (Foto: Sunat)
Cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual de Renta 2022 (Foto: Sunat)

MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA SUNAT

¿QUÉ PASA SI ME ATRASO EN PRESENTAR LA DECLARACIÓN Y EN PAGAR EL IMPUESTO A LA RENTA?

De acuerdo con la página de la Sunat, el no presentar la declaración y pagar fuera de plazo tiene consecuencias:

  • La multa es equivalente a media UIT (S/ 2,475) si la infracción se comete en el 2023, pero si la Sunat aún no te ha notificado, sólo tendrás que pagar el 10% de la misma, que son S/ 248 más los intereses moratorios. .

¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A LA PRÓRROGA DE LA DECLARACIÓN DE IMPUESTOS?

Los nuevos plazos para la declaración y pago de impuestos mensuales serán de aplicación para los contribuyentes que, en el periodo noviembre 2021 y octubre 2022, hayan obtenido ingresos por Rentas de Tercera Categoría (rentas empresariales) que no superen las 1700 UIT. La norma indica que la prórroga para la presentación de estas obligaciones mensuales abarca a:

  • Contribuyentes del nuevo RUS entre noviembre del 2021 y octubre del 2022.
  • Personas naturales que no han tenido ingresos que califiquen como rentas de tercera categoría ni hubieran sido sujetos del nuevo RUS entre noviembre del 2021 y octubre del 2022. .

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